domingo, 22 de abril de 2007






Propiedad intelectual:

Se refiere a los derechos Jurídicos que adquiere una persona sea natural o jurídica con las creaciones que de su mente se deriven desde el momento en que toma forma en cualquier tipo de soporte tangible (papel, en el caso de una obra literaria o de una partitura; soporte magnético, en el caso de una grabación informática y similares) o intangible (Formatos de grabación radiales o televisivos).
Son elementos de la propiedad intelectual, Los derechos de autor y la propiedad industrial



Derechos de autor:

Son los derechos que por ley corresponde a los autores de obras artísticas, literarias y de investigación que estos realicen, tales como: los libros, artículos, las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, Programas televisivos las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.


Propiedad industrial

Es la propiedad que adquiere la persona natural o jurídica con la creación o descubrimiento de cualquier producto relacionado con la industria y aquella que adquiere con la creación de símbolos característicos (Marca) con los que identifica o diferencia los trabajos que este realice con los trabajos de la competencia.

Conocido el término de propiedad industrial, nosotros como futuros emprendedores seguramente nos preguntamos ¿Qué elementos están amparados por estos derechos, cómo hacemos valer estos derechos, ante que organismo, cuál es el procedimiento y que benéficos se obtienen?; en lo sucesivo se darán respuestas a estás y otras interrogantes.



¿Qué elementos están amparados?
Según la legislación Vigente pueden ser solicitados los derechos de propiedad industrial sobre:

1. Todo producto nuevo, definido y útil.
2. Toda nueva máquina o herramienta y todo nuevo instrumento o aparato de uso industrial o de aplicación medicinal, técnica o científica.
3. Las partes o elementos de máquinas, mecanismos, aparatos, accesorios, mediante los cuales se logre mayor economía o perfección en los productos o resultados.
4. Los nuevos procedimientos para la preparación de materia u objetos de uso industrial o comercial.
5. Los nuevos procedimientos para la preparación de productos químicos y los nuevos métodos de elaboración, extracción y separación de sustancias naturales.
6. Las reformas, mejoras o modificaciones introducidas en las cosas ya conocidas.
7. Todo nuevo modelo o dibujo de uso industrial.
8. Cualquier otra invención o descubrimiento apto para tener una aplicación industrial.
9. La invención, mejora o modelo o dibujo industriales que, habiendo sido patentados en el exterior, no haya sido divulgado, patentado ni puesto en ejecución en Venezuela.


¿Cómo Hacer valer estos derechos?

Para hacer valer el derecho a la propiedad de un bien mueble o inmueble (tangible) se debe contar con título o documento que certifique la propiedad del mismo, en este orden de ideas, la propiedad industrial es reconocida de la misma forma, específicamente a través de una Patente que no es más que el título de propiedad que otorga al inventor derechos exclusivos de explotación, uso y comercialización de dicho invento dentro del territorio del país que otorga los mismos.

¿Ante qué Organismo?

El organismo encargado de otorgar dicho título de propiedad, en Venezuela es el Servicio Autónomo de propiedad Intelectual (SAPI), adscrito al ministerio del poder popular para la producción y comercio, ubicado en la capital del país.

¿Cuál es el procedimiento?

Para solicitar la patente de alguna invención o innovación es un poco engorroso, en especial para los interesados que habitan en el interior del país ya que solo se puede realizar en Caracas, pero en relación a los beneficios que esto traen consigo no es nada que con una pequeña inversión y paciencia no se pueda realizar; Se debe:

• Comprar el sobre para la solicitud, el mismo contiene:

a) Planilla de solicitud FP-01 y fichas FP-08 y FP-09.
b) Planilla de recepción de documentos FP-01.
c) Planilla de datos bibliográficos FP-01 (portada para la memoria descriptiva). El costo de las planillas es de 12.000,00Bs.

• Nombre técnico de la patente (no se aceptaran nombres marcarios.)

• Timbres Fiscales o planilla del SENIAT por Bs., 388,00.

• Cancelar tasa por concepto de primera anualidad Bs., 1.940,00 en efectivo.

• Anexar memoria descriptiva por duplicado, una en papel y una en soporte magnético, CD-ROM o diskette (según especificaciones que se indican al reverso de esta hoja).

• Fotocopia de la cedula de identidad (tanto del representante como del interesado).

• Comprar una carpeta rotulada según corresponda a la modalidad (invención, modelo de utilidad, diseño industrial, variedad vegetal o circuito integrado) Bs., 5.000,00.

• Copia certificada de propiedad extranjera (en caso de haber solicitado la patente anteriormente en otro país).

• Copia del contrato de acceso, para productos o procedimientos obtenidos o desarrollados a partir de recursos genéticos o derivados.

• De ser el caso, el certificado de material biológico.


En caso de que la solicitud sea presentada a nombre de una firma:
Además de los recaudos señalados anteriormente se deben anexar:

1. Registro Mercantil original, copia certificada o publicación en prensa.
2. Ultima acta de asamblea donde conste representación legal.
3. documento de declaración-cesión de los inventores con las respectivas firmas del cedente y el cesionario.
4. Poder (si hubiese apoderado) legalizado.


En relación a la memoria descriptiva (uno de los requisitos exigidos), no es más que la presentación de la invención o innovación que se desea patentar, a continuación se presenta una pequeña guía para su realización:



Memoria descriptiva del invento o innovación que se desea presentar



• Titulo: Debe ser breve preciso y redactado con términos técnicos. En el se debe presentar el objeto que se desea proteger (producto o procedimiento) correspondiendo con la descripción del invento en sí y reivindicaciones. No forma parte de la descripción.

• Resumen: Debe hacerse referencia al objeto de la invención y al campo de la técnica donde se aplica. Debe hacer referencia (sin ser descriptivo) al contenido de la descripción, incluyendo los detalles relevantes que particularizan la invención. No debería exceder de 150 palabras.

• Antecedentes Técnicos: Estos deben referirse al estado de la técnica anterior a la fecha reconocida como de presentación de la solicitud (1). Debe describir el problema que la invención viene a resolver mostrando las desventajas o limitaciones de las soluciones anteriores y/o señalando las ventajas de la nueva invención con respecto al arte anterior.

• Descripción de los Dibujos: No consiste en los dibujos sino en una breve presentación de los mismos indicando su naturaleza (ej. Un diagrama: un corte longitudinal, vista superior etc.) Y de ser necesario descripción o explicación de los mismos.

• Descripción de la Invención: Debe estar redactada de manera tal que una persona con conocimiento técnico relacionado con el área de la invención cuente con la información esencial para reproducir la misma. Debe describir de manera técnica y clara el objeto que se desea proteger, incluyendo todos los detalles que lo particularizan y lo alejen del arte previo.

• Reivindicaciones: Establecen los límites de la protección solicitada y deben contener la parte o partes que el inventor considera de su exclusiva propiedad. Deben estar redactadas de manera clara, concisa e incluir los detalles técnicos que particularizan a la invención.

Procedimiento para el registro de la Marca de una Patente:
1. Presentación de la solicitud.
2. Examen de forma.
3. Publicación de la solicitud en el boletín de la Propiedad Industrial.
4. Observaciones.
5. Examen de fondo.
6. Concesión o negación.
7. Publicación para la cancelación de derecho.


Requisitos:


Requisitos Comunes para registrar una marca.
A Nombre Personal:

• Comprar el juego de planillas contentivo de la solicitud de marca FM-02 y las planillas de recepción de documentos por triplicado.
• Timbre Fiscal de Bs., 388,00 pegado en el original de la planilla FM-02.
• Pago de tasa por Bs., 388,00 el cual deberá hacerse en las taquillas N0 1 y 2.
• Fotocopia de la Cedula de Identidad, representante y presentante.
• Poder legalizado (si fuere el caso).
• Fotocopia del RIF/NIT si es contribuyente tributario.


Requisitos Específicos:

Cuando se trata de solicitudes de Marcas Mixtas o Figurativas, el interesado deberá presentar además diez (10) facsímiles de etiquetas en un tamaño que no podrá exceder las medidas 5*5cm, las cuales serán distribuidas en la siguiente forma:
• 5 pegadas en la planilla FM-02 (una por cada copia).
• 5 consignadas adicionalmente.


A Nombre de una Firma:
Los recaudos arriba señalados más:
• Registro mercantil copia certificada o publicación de prensa en original u original y copia simple para cotejar o certificar.
• Ultima acta de la asamblea donde conste representación legal vigente.
• Poder (si hubiese apoderado) legalizado y traducido por interprete público jurado y visado cuando fuere internacional, Agentes de la Propiedad industrial deben presentar un poder amplio o especial.
• Cuando son asociaciones civiles sin fines de lucro, anexar los estatutos de la misma, en copia simple o publicación en prensa.


¿Qué beneficios se obtienen?

Básicamente los beneficios son los mismos que se tienen con cualquier título de propiedad sobre cualquier bien, exclusividad de explotación, uso y comercio del producto lo que genera para la empresa o la persona natural una ventaja competitiva importante por tiempo limitado pero suficiente para sacarle el mayor provecho posible.
En relación al registro de marca brinda igualmente la posibilidad de distinguirse de los competidores y poder posicionar en la mente de los consumidores el diseño que le haga pensar directamente en los productos que como empresa le ofrece.




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Bibliografía:




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