viernes, 8 de junio de 2007


Impuesto sobre la renta:

El impuesto sobre la renta, como su nombre lo indica es un tributo que determinadas personas naturales y/o jurídicas están obligadas a pagar o declarar según sea el caso, teniendo en cuenta que el hecho imponible es la generación de renta por una o varias actividades económicas.

Ahora bien según lo dispone la ley no todas las personas naturales y/o jurídicas están obligadas a pagar ni a declarar el impuesto, solo aquellas que se ajusten al perfil que se describe a continuación, además los procedimientos según el tipo de persona son similares pero difieren en algunos aspectos:

a) Personas Naturales
Los residentes en el país que devengan sueldos anuales iguales o superiores a 1.000 UT.
Los residentes en el país que sean comerciantes o profesionales en libre ejercicio que obtengan ingresos anuales iguales o superiores a 1.500 UT.
Los no residentes en el país cualquiera sea el monto de sus enriquecimientos o pérdidas obtenidas en Venezuela.


Procedimiento: las personas que se ajusten al perfil anteriormente nombrado deberán hacer la declaración durante los tres (3) primeros meses después del cierre del año civil para las no comerciantes o al cierre del ejercicio fiscal para las que si la son, el procedimiento para las no comerciantes se realiza llenando las formas DPN-R 25 y DPN-NR 25 ó a través del procedimiento electrónico de la página Web del SENIAT, lo cual es recomendado para las personas que obtengan las rentas por actividad en entes privados, mientras que para todos los funcionarios públicos así como sujetos pasivos especiales es obligatorio realizar el procedimiento electrónico.


b) Personas Jurídicas
Compañías Anónimas.
Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Sociedades en nombre colectivo o en comandita.
Comunidades.
Titulares de enriquecimiento por actividades de hidrocarburos o conexas.
Asociación, fundaciones y corporaciones.
Establecimientos permanentes.
Empresas prioridad de la Nación, los Estados y Municipios.
Procedimiento: todas las personas jurídicas anteriormente nombradas están obligadas a presentar la declaración del impuesto y algunas según los resultados económicos a pagarlo, lo pueden hacer a través de la forma DPJ-26 y deben realizarlo a los tres(3) meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal ó a través del portal en Internet http://www.seniat.gov.ve/

Ahora bien esta, no todas las personas están obligadas a pagar el impuesto sobre la renta es decir están exentas del pago de la misma, estas son las siguientes:
Los agentes y demás funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados en la república, por las remuneraciones que reciban de su gobierno.
Las instituciones benéficas y de asistencia social.
Los pensionados y jubilados.
Los donatarios, herederos y legatarios, por las donaciones, herencias y legados que perciban.
Las entidades venezolanas de carácter público, el Banco Central de Venezuela y el Fondo de Inversiones de Venezuela, así como los demás institutos oficiales autónomos que determine la ley.
Los afiliados a las cajas, cooperativas de ahorro y a los fondos o planes de retiro, jubilación e invalidez por los aportes que hagan las empresas u otras entidades a favor de sus trabajadores.
Los trabajadores o sus beneficiarios, por las indemnizaciones que reciban con ocasión de trabajo.
Las personas naturales, por los enriquecimientos provenientes de intereses generados por depósito a plazo fijo.

Conclusión:

El impuesto la declaración y pago del impuesto sobre la renta constituye un deber de todos aquellas personas naturales y jurídicas que cumplan con el perfil establecido, en la actualidad la actuación del SENIAT y la capacidad que han tenido para de manera intimidante o no, hacer que los contribuyentes cumplan con sus deberes de verdad que ha sido admirable, sin embargo considero que el venezolano quizás de forma obligada cada día está tomando más conciencia y se está formando una cultura tributaria importante, sin embargo así como los ciudadanos cumplimos el estado también debería hacerlo, administrando eficientemente los recursos que cada uno aporta, es decir cumpliendo con su deber.
Bibliografía:
La nueva ley de impuesto sobre la renta Leyes, etc. Venezuela; Garay, Juan. [s.n.], Caracas, VENEZUELA, [3a. ed.]

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